CUATRO
CELEBRACIONES DEL DIA DEL PERIODISTA
O
DE LA PRENSA COLOMBIANA
Nuestro
país es el único que tiene la posibilidad de celebrar en CUATRO
fechas diferentes el día del Periodista o del Periodismo; la primera
es la original o tradicional es la que se realiza el día 9 de
Febrero de Cada año, hace mas de 100 años, la segunda el día 4 de
Agosto, una tercera el 13 de Agosto y la cuarta y última, hasta el
momento, es la del 15 de Diciembre.
LA
CELEBRACIÓN ORIGINAL Y REAL.
El
da 9 de febrero ha sido la fecha en que los Periodistas Colombianos
realizamos la celebración tradicional, oiginal o real del DIA DEL
PERIODISTA, ello en conmemoración a la Circulación de la primera
edición del Primer periódico de la Nueva Granada, el Semanario
denominado “PAPEL
PERIODICO DE SANTAFE DE BOGOTA”
ocurrida el día Miércoles 9
de febrero de 1791
publicado por el Cubano Manuel del Socorro Rodríguez de la Victoria,
nacido en Bayamano el 3 de abril de 1758 y fallecido en Santafé de
Bogotá el 3 de Junio de 1819.
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| Manul del Socorro Rodríguez de la Victoria |
El
Papel Periódico de Santafé de Bogotá, circuló entre 1791 y 1797,
con un total de 265 ediciones, la última aparición fue el 6 de
Enero de 1797, dicho periódico sólo dejó de circular en su edición
N° 258, entre el 19 de Agosto y el 2 de Septiembre de 1796, sus
últimas ediciones fueron hechas en esa misma Imprenta Patriótica
que en 1793 dieara luz a la Declaración de los Derechos del Hombre y
del Ciudadano, traducida y publicada por Antonio Nariño el 15 de
diciembre de 1793.
Su
aparición inicial fue de carácter semanal, luego pasó a ser
quincenal, y asi sucesivamente hasta llegar a ser trimestral, al
final de su vida circulatoria fue mensual.
Rodriguez,
fue un periodista e intelectual cubano, que llegó a la capital con
el Virrey José de Ezpeleta, y ha sido considerado siempre como el
iniciador o padre del periodismo en Colombia.
La
publicación difundió ideas modernas en el país; es de anotar que
también fué una publicación oficial que defendía los intereses
realistas, a la vez que promovió un sentido comunitario entre los
granadinos con artículos que privilegiaban los problemas locales: la
agricultura y el clima, la población, el comercio, la pobreza, los
hospitales y los orfanatos.
La
fecha del 9 de Febrero fue ratificada por el Circulo de Periodistas
de Bogotá (CPB) para la celebración tradicional del Día del
Periodista Profesional misma que fuera consagrada por la Ley 51 del
18 de Diciembre de 1975 declarándola como fecha oficial del Día del
Periodista Profesional, en la cual hemos rendido homenaje, con Ley o
sin Ley, desde hace más de 100 años, a quien siempre se ha
considerado EL PADRE DEL PERIODISMO COLOMBIANO.
SEGUNDA
CELEBRACIÓN.
Decimos
que Colombia ha tenido la posibilidad de celebrar en cuatro fechas diferentes ésta que es tan importante para nosotros los comunicadores,
ya se vieron los motivos de la primera
fecha, la tradicional: veamos ahora los motivos por los cuales se realiza la segunda fecha, y el por qué no
sería válida. Pero como estamos en Locombia, perdón en Colombia
las cosas se revierten, aunque con errores pero hay que dejar la
huella, es lo que ocurre con nuestros flamantes representantes, presidentes y demás por lo tanto veremos como se revive el 4 de Agosto con los errores históricos iniciales.
Durante
la época de la conquista y de las diferentes revueltas realizadas
con miras a obtener la anhelada libertad, se presentaron actividades
relacionadas con el periodismo, pero si bien es cierto que el citado
“EL PAPEL PERIODICO DE SANTAFE DE BOGOTA”, es el único que
verdaderamente suple con la función de difundir notas y alguna
noticia y al que verdaderamente se le puede llamar periódico; sin
embargo el día 4 de agosto de 1794 ocurre un hecho transcendental
para lo que sería posteriormente la República de Colombia.
![]() |
| Antonio Nariño |
En
esa fecha se pública por primera vez “LA
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y EL CIUDADANO”,
por el precursor de la Independencia don Antonio Nariño, cuyo real
nombre correspondia al de: Antonio
Amador José Nariño y Bernardo Álvarez del Casal
nacido en Santafé
de Bogotá,
el 9
de abril
de1765 y fallecido en Villa
de Leyva,
el 13
de diciembre
de1823.
Fue un periodista, político y militar neogranadino.
Aunque
la Declaración de Los Derechos del Hombre y del Ciudadano, publicados por Nariño no
constituyeron un documento de circulación permanente o como
semanario o de cualquier otra índole, y a sabiendas que fue una
traducción del texto francés, si pudieron considerarse como un
valioso aporte para la liberación de nuestro territorio del yugo
español en 1810.
En
consideración al hecho histórico expuesto anteriormente, El
Congreso de la República de Colombia el día 15 de Diciembre del
2004, aprueba Ley
918, que en lo pertinente, dice en su:
“ARTÍCULO
6o.
Igualmente declárase el día cuatro (4) de agosto de todos los años
como el Día del Periodista y Comunicador en conmemoración de la
primera publicación de la Declaración de los Derechos del Hombre,
realizada el 4 de agosto de 1794 por Antonio Nariño Precursor de la
Independencia.”
Hasta
aquí todo marchaba bien, pero el motivo por el cual la Fiesta o Día
del Periodista del 4 de Agosto no tendría validez alguna, es que
esta Ley fue declarada inexequible el 6 de Septiembre del año 2005,
según reza en su encabezado actual que tomo textualmente y que dice:
LEY
918 DE 2004
(diciembre
15)
Diario
Oficial 45.764 de 16 de diciembre de 2004
además
la nota de vigencia dice:
NOTAS
DE VIGENCIA:
-
Ley declarada INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante
Sentencia C-927-05 de
6 de septiembre de 2005, Magistrado Ponente Dr. Alfredo Beltrán
Sierra, '...
en cuanto no incluyó en su texto el artículo 9 aprobado por el
Congreso de la República. En consecuencia, se ordena al Presidente
del Congreso de la República que sanciones la ley de conformidad con
el texto aprobado por el Congreso, luego del pronunciamiento de la
Corte Constitucional en sentencia C-987 de
2004, en relación con las objeciones formuladas en su oportunidad
por el Presidente de la República'.
-
Mediante Sentencia C-987-04 de
12 de octubre de 2004, Magistrado Ponente Dr. Manuel José Cepeda
Espinosa, la Corte Constitucional revisó el Proyecto de Ley teniendo
en cuenta la Sentencia C-650-03
por la cual revisó Objeciones Presidenciales del Proyecto de Ley No.
030 de 2001 y 084 de 2001 – acumulados Cámara - y número 278 de
2002 Senado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 167 de
la Constitución Política.
La
Sentencia declaró INEXEQUIBLE el aparte tachado del texto original
del Proyecto de ley.
-
Mediante Sentencia C-650-03 de
5 de agosto de 2003, Magistrado Ponente Dr. Manuel José Cepeda
Espinosa, la Corte Constitucional revisó Objeciones Presidenciales
del Proyecto de Ley No. 030 de 2001 y 084 de 2001 – acumulados
Cámara - y número 278 de 2002 Senado, en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 167 de
la Constitución Política.
Por
lo anterior el día 4 de Agosto ya no seria una fecha valida para la
realización de la segunda celebración, si se tiene en cuenta esta ley
que fue declarada inexequible.
Pero
Colombia que es un país de Leyes, leguleyos y contrastes, rescata de
las cenizas algunas cosas de las mismas que han sido declaradas inexequibles, por
lo tanto tenemos la resurrección del 4 de agosto y una tercera fecha de
celebración periodística la del día 15 de Diciembre fecha en la
cual nace EL DIA DE LA PRENSA COLOMBIANA, según la Academia
de Historia; también se tiene la Ley 586 del 28 de Junio del 2000
que instituye el 13 de Agosto como el DÍA DE LA LIBERTAD
DE EXPRESIÓN teniendo así cuatro motivos para festejar el
periodismo Colombiano; La Ley 1016 del 2006, es la que revive la fecha del
4 de Agosto
Aquí
está la última parte que tomo textual y directamente de una fuente confiable, y es la realidad de nuestras leyes, micos y demás de las familias políticas y politiqueras de nuestra querida Colombia.
La
Ley 1016 de 2006 consagra el 4 de agosto como día del periodista (1)
La
LEY 1016 del 2006 publicada en el Diario Oficial No. 46.192 del 24 de
febrero del 2006 “Por la cual se adoptan normas legales, con meros
propósitos declarativos, para la protección laboral y social de la
actividad periodística y de comunicación a fin de garantizar su
libertad e independencia profesional” señaló en el artículo 6 lo
siguiente: “Igualmente declárase el día cuatro (4) de agosto de
todos los años como el Día del Periodista y Comunicador en
conmemoración de la primera publicación de la Declaración de los
Derechos del Hombre, realizada el 4 de agosto de 1794 por Antonio
Nariño Precursor de la Independencia”.
Pero
¿Es un error la consagración del 4 de agosto como día del
periodista en conmemoración de la primera publicación de la
Declaración de los Derechos del Hombre?
Antonio
Cacua Prada, miembro de la Academia Colombiana de Historia, publicó
en el Boletín de Historia y Antigüedades en el 2005, un artículo
en donde califica como “garrafal error histórico” declarar el 4
de agosto como día del periodista como conmemoración de la
publicación hecha por Antonio Nariño de la Declaración de los
Derechos del Hombre.
El
texto mencionado trae las siguientes referencias:
1.
“La nueva ley 918 del 15 de diciembre del 2004 Publicada en el
Diario Oficial número 45764 del 16 de diciembre del 2004 que
reconoce la actividad profesional del periodismo en Colombia,
sancionada por el Presidente, doctor Álvaro Uribe, en el artículo 6
consignó un garrafal error histórico al declarar “el día4 de
agosto de todos los años como el Día del Periodista y Comunicador
en conmemoración de la primera publicación de la Declaración de
los Derechos del Hombre, realizada el 4 de agosto de 1794 por Antonio
Nariño Precursor de la Independencia”.
2.
La Academia Colombiana de Historia, en sesión del martes 6 de
septiembre de 1966, aprobó adelantar una investigación sobre la
fecha de la publicación de la traducción de los Derechos del Hombre
y del Ciudadano hecha por Antonio Nariño. El martes 4 de octubre del
mismo año la corporación dictó y aprobó la Resolución Número 4
de 1966 que señala:
3.
Declaración del Círculo de Periodistas de Bogotá
Por
su parte la Junta Directiva del Círculo de Periodistas de Bogotá,
CPB, el viernes 14 de octubre de 1966 expidió la siguiente
declaración:
“El
Círculo de Periodistas de Bogotá –CPB– registra con beneplácito
la iniciativa de la Academia Colombiana de Historia, consignada en su
Resolución Número 4, del 4 de octubre de 1966, que consagra la
fecha del 15 de diciembre como el “Día de la Prensa Colombiana”,
en recuerdo del mismo día del año de 1793, cuando Don Antonio
Nariño publicó, por primera vez en lengua española, una traducción
de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
Así
mismo el Círculo de Periodistas de Bogotá –CPB– ratifica la
fecha del 9 de febrero para la celebración tradicional del Día del
Periodista Profesional, en recuerdo de la fundación del periodismo
colombiano por Don Manuel del Socorro Rodríguez”.
(1)
Periodismo Público.com


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