sábado, 4 de agosto de 2012

HOY DIA DEL PERIODISTA


CUATRO CELEBRACIONES DEL DIA DEL PERIODISTA
O DE LA PRENSA COLOMBIANA

Nuestro país es el único que tiene la posibilidad de celebrar en CUATRO fechas diferentes el día del Periodista o del Periodismo; la primera es la original o tradicional es la que se realiza el día 9 de Febrero de Cada año, hace mas de 100 años, la segunda el día 4 de Agosto, una tercera el 13 de Agosto y la cuarta y última, hasta el momento, es la del 15 de Diciembre.

LA CELEBRACIÓN ORIGINAL Y REAL.
El da 9 de febrero ha sido la fecha en que los Periodistas Colombianos realizamos la celebración tradicional, oiginal o real del DIA DEL PERIODISTA, ello en conmemoración a la Circulación de la primera edición del Primer periódico de la Nueva Granada, el Semanario denominado PAPEL PERIODICO DE SANTAFE DE BOGOTA” ocurrida el día Miércoles 9 de febrero de 1791 publicado por el Cubano Manuel del Socorro Rodríguez de la Victoria, nacido en Bayamano el 3 de abril de 1758 y fallecido en Santafé de Bogotá el 3 de Junio de 1819.

Manul del Socorro
Rodríguez
de la Victoria
El Papel Periódico de Santafé de Bogotá, circuló entre 1791 y 1797, con un total de 265 ediciones, la última aparición fue el 6 de Enero de 1797, dicho periódico sólo dejó de circular en su edición N° 258, entre el 19 de Agosto y el 2 de Septiembre de 1796, sus últimas ediciones fueron hechas en esa misma Imprenta Patriótica que en 1793 dieara luz a la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, traducida y publicada por Antonio Nariño el 15 de diciembre de 1793.

Su aparición inicial fue de carácter semanal, luego pasó a ser quincenal, y asi sucesivamente hasta llegar a ser trimestral, al final de su vida circulatoria fue mensual.

Rodriguez, fue un periodista e intelectual cubano, que llegó a la capital con el Virrey José de Ezpeleta, y ha sido considerado siempre como el iniciador o padre del periodismo en Colombia.

La publicación difundió ideas modernas en el país; es de anotar que también fué una publicación oficial que defendía los intereses realistas, a la vez que promovió un sentido comunitario entre los granadinos con artículos que privilegiaban los problemas locales: la agricultura y el clima, la población, el comercio, la pobreza, los hospitales y los orfanatos.

La fecha del 9 de Febrero fue ratificada por el Circulo de Periodistas de Bogotá (CPB) para la celebración tradicional del Día del Periodista Profesional misma que fuera consagrada por la Ley 51 del 18 de Diciembre de 1975 declarándola como fecha oficial del Día del Periodista Profesional, en la cual hemos rendido homenaje, con Ley o sin Ley, desde hace más de 100 años, a quien siempre se ha considerado EL PADRE DEL PERIODISMO COLOMBIANO.

SEGUNDA CELEBRACIÓN.
Decimos que Colombia ha tenido la posibilidad de celebrar en cuatro fechas diferentes ésta que es tan importante para nosotros los comunicadores, ya se vieron los motivos de la primera fecha, la tradicional: veamos ahora los motivos por los cuales se realiza la segunda fecha, y el por qué no sería válida. Pero como estamos en Locombia, perdón en Colombia las cosas se revierten, aunque con errores pero hay que dejar la huella, es lo que ocurre con nuestros flamantes representantes, presidentes y demás por lo tanto veremos como se revive el 4 de Agosto con los errores históricos iniciales.

Durante la época de la conquista y de las diferentes revueltas realizadas con miras a obtener la anhelada libertad, se presentaron actividades relacionadas con el periodismo, pero si bien es cierto que el citado “EL PAPEL PERIODICO DE SANTAFE DE BOGOTA”, es el único que verdaderamente suple con la función de difundir notas y alguna noticia y al que verdaderamente se le puede llamar periódico; sin embargo el día 4 de agosto de 1794 ocurre un hecho transcendental para lo que sería posteriormente la República de Colombia.

Antonio Nariño
En esa fecha se pública por primera vez “LA DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE Y EL CIUDADANO”, por el precursor de la Independencia don Antonio Nariño, cuyo real nombre correspondia al de: Antonio Amador José Nariño y Bernardo Álvarez del Casal nacido en Santafé de Bogotá, el 9 de abril de1765 y fallecido en Villa de Leyva, el 13 de diciembre de1823. Fue un periodista, político y militar neogranadino.

Aunque la Declaración de Los Derechos del Hombre y del Ciudadano, publicados por Nariño no constituyeron un documento de circulación permanente o como semanario o de cualquier otra índole, y a sabiendas que fue una traducción del texto francés, si pudieron considerarse como un valioso aporte para la liberación de nuestro territorio del yugo español  en 1810.

En consideración al hecho histórico expuesto anteriormente, El Congreso de la República de Colombia el día 15 de Diciembre del 2004, aprueba Ley 918, que en lo pertinente, dice en su:

ARTÍCULO 6o. Igualmente declárase el día cuatro (4) de agosto de todos los años como el Día del Periodista y Comunicador en conmemoración de la primera publicación de la Declaración de los Derechos del Hombre, realizada el 4 de agosto de 1794 por Antonio Nariño Precursor de la Independencia.”

Hasta aquí todo marchaba bien, pero el motivo por el cual la Fiesta o Día del Periodista del 4 de Agosto no tendría validez alguna, es que esta Ley fue declarada inexequible el 6 de Septiembre del año 2005, según reza en su encabezado actual que tomo textualmente y que dice:

LEY 918 DE 2004
(diciembre 15)
Diario Oficial 45.764 de 16 de diciembre de 2004

además la nota de vigencia dice:

NOTAS DE VIGENCIA:
- Ley declarada INEXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-927-05 de 6 de septiembre de 2005, Magistrado Ponente Dr. Alfredo Beltrán Sierra, '... en cuanto no incluyó en su texto el artículo 9 aprobado por el Congreso de la República. En consecuencia, se ordena al Presidente del Congreso de la República que sanciones la ley de conformidad con el texto aprobado por el Congreso, luego del pronunciamiento de la Corte Constitucional en sentencia C-987 de 2004, en relación con las objeciones formuladas en su oportunidad por el Presidente de la República'.
- Mediante Sentencia C-987-04 de 12 de octubre de 2004, Magistrado Ponente Dr. Manuel José Cepeda Espinosa, la Corte Constitucional revisó el Proyecto de Ley teniendo en cuenta la Sentencia C-650-03 por la cual revisó Objeciones Presidenciales del Proyecto de Ley No. 030 de 2001 y 084 de 2001 – acumulados Cámara - y número 278 de 2002 Senado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 167 de la Constitución Política.
La Sentencia declaró INEXEQUIBLE el aparte tachado del texto original del Proyecto de ley.
- Mediante Sentencia C-650-03 de 5 de agosto de 2003, Magistrado Ponente Dr. Manuel José Cepeda Espinosa, la Corte Constitucional revisó Objeciones Presidenciales del Proyecto de Ley No. 030 de 2001 y 084 de 2001 – acumulados Cámara - y número 278 de 2002 Senado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 167 de la Constitución Política.

Por lo anterior el día 4 de Agosto ya no seria una fecha valida para la realización de la segunda celebración, si se tiene en cuenta esta ley que fue declarada inexequible.

Pero Colombia que es un país de Leyes, leguleyos y contrastes, rescata de las cenizas algunas cosas de las mismas que han sido declaradas inexequibles, por lo tanto tenemos la resurrección del 4 de agosto y una tercera fecha de celebración periodística la del día 15 de Diciembre fecha en la cual nace EL DIA DE LA PRENSA COLOMBIANA, según la Academia de Historia; también se tiene la Ley 586 del 28 de Junio del 2000 que instituye el 13 de Agosto como el DÍA DE LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN teniendo así cuatro motivos para festejar el periodismo Colombiano; La Ley 1016 del 2006, es la que revive la fecha del 4 de Agosto

Aquí está la última parte que tomo textual y directamente de una fuente confiable, y es la realidad de nuestras leyes, micos y demás de las familias políticas y politiqueras de nuestra querida Colombia.

La Ley 1016 de 2006 consagra el 4 de agosto como día del periodista (1)
La LEY 1016 del 2006 publicada en el Diario Oficial No. 46.192 del 24 de febrero del 2006 “Por la cual se adoptan normas legales, con meros propósitos declarativos, para la protección laboral y social de la actividad periodística y de comunicación a fin de garantizar su libertad e independencia profesional” señaló en el artículo 6 lo siguiente: “Igualmente declárase el día cuatro (4) de agosto de todos los años como el Día del Periodista y Comunicador en conmemoración de la primera publicación de la Declaración de los Derechos del Hombre, realizada el 4 de agosto de 1794 por Antonio Nariño Precursor de la Independencia”.
Pero ¿Es un error la consagración del 4 de agosto como día del periodista en conmemoración de la primera publicación de la Declaración de los Derechos del Hombre?
Antonio Cacua Prada, miembro de la Academia Colombiana de Historia, publicó en el Boletín de Historia y Antigüedades en el 2005, un artículo en donde califica como “garrafal error histórico” declarar el 4 de agosto como día del periodista como conmemoración de la publicación hecha por Antonio Nariño de la Declaración de los Derechos del Hombre.
El texto mencionado trae las siguientes referencias:
1. “La nueva ley 918 del 15 de diciembre del 2004 Publicada en el Diario Oficial número 45764 del 16 de diciembre del 2004 que reconoce la actividad profesional del periodismo en Colombia, sancionada por el Presidente, doctor Álvaro Uribe, en el artículo 6 consignó un garrafal error histórico al declarar “el día4 de agosto de todos los años como el Día del Periodista y Comunicador en conmemoración de la primera publicación de la Declaración de los Derechos del Hombre, realizada el 4 de agosto de 1794 por Antonio Nariño Precursor de la Independencia”.
2. La Academia Colombiana de Historia, en sesión del martes 6 de septiembre de 1966, aprobó adelantar una investigación sobre la fecha de la publicación de la traducción de los Derechos del Hombre y del Ciudadano hecha por Antonio Nariño. El martes 4 de octubre del mismo año la corporación dictó y aprobó la Resolución Número 4 de 1966 que señala:
- El 15 de diciembre de 1793 Antonio Nariño publicó por primera vez en lengua española una traducción de los Derechos del Hombre y el Ciudadano; por lo anterior, Antonio Nariño ha sido históricamente el primer periodista político de Colombia.
-Por lo anterior, la Academia Colombiana de Historia resolvió consagrar la fecha del 15 de diciembre como el día de la Prensa Colombiana.
3. Declaración del Círculo de Periodistas de Bogotá
Por su parte la Junta Directiva del Círculo de Periodistas de Bogotá, CPB, el viernes 14 de octubre de 1966 expidió la siguiente declaración:
El Círculo de Periodistas de Bogotá –CPB– registra con beneplácito la iniciativa de la Academia Colombiana de Historia, consignada en su Resolución Número 4, del 4 de octubre de 1966, que consagra la fecha del 15 de diciembre como el “Día de la Prensa Colombiana”, en recuerdo del mismo día del año de 1793, cuando Don Antonio Nariño publicó, por primera vez en lengua española, una traducción de los Derechos del Hombre y del Ciudadano.
Así mismo el Círculo de Periodistas de Bogotá –CPB– ratifica la fecha del 9 de febrero para la celebración tradicional del Día del Periodista Profesional, en recuerdo de la fundación del periodismo colombiano por Don Manuel del Socorro Rodríguez”.
(1) Periodismo Público.com